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Trámite posterior

08 de julio de 2013 -

Trámite posterior

Mendoza

 

 

 

Nota: En caso de no lograrse acuerdo entre los Consejeros respecto de los 3 concursantes que deben integrar la terna, deberá remitirse la propuesta integrada por hasta cinco (5) postulantes.

Artículos 19, 20 y 21 de la Ley del Consejo; y 101 inc 25, y 116 inc 10 Constitución Provincial

 

 

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