Por Favor, utiliza una versión más actualizada de Internet Explorer.

O bien puedes probar con otros navegadores aquí o aquí.

Un sitio para promover Transparencia y Participación Ciudadana en los procesos de selección de los miembros del Poder Judicial

Trámite posterior

05 de julio de 2013 -

C{ordoba

 

Artículos 26 y 30, Ley 8802

Artículo 104, inciso 42 de la Constitución provincial

Nota: Los órdenes de mérito tienen una vigencia de tres años para aquellos que obtuvieron más de 90 puntos; dos años para los que obtuvieron entre 80 y 90 puntos y un año para los que obtuvieron entre 70 y 80 puntos.

Constitución de la Provincia de Córdoba

Los comentarios están cerrados.