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Trámite posterior

12 de julio de 2013 -

Tierra del fuego

 

Artículo 32 delReglamento Interno y artículo 1 de la Ley provincial.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nota: Si se tratara de un cargo en el Superior Tribunal de Justicia el pliego se elevará al Poder Ejecutivo.

 Constitución Provincial (art. 142)

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