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Proceso de Selección

17 de abril de 2013 -

Etapas de un concurso para Magistrados en Neuquén

Neuquen

Detalle del Procedimiento

1. El Consejo de la Magistratura llama a concurso.

Se publica en el Boletín Oficial una vez y 3 veces en el diario de mayor circulación provincial. También en el sitio web oficial del Consejo de la Magistratura.

(Art. 4 del Reglamento)

2. Cierre de inscripción y verificación del cumplimiento de requisitos.

Se debe utilizar el formulario de inscripción vigente y cumplir con las especificaciones del Art. 14 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición de la Provincia de Neuquén.

Al vencimiento del plazo de inscripción se labrará un acta en donde figurarán las inscripciones ingresadas. (Arts. 18 y 19 del Reglamento)

3. Publicación del listado de postulantes aceptados.

Se publican por un día en el Boletín Oficial y en la web oficial del Consejo de la Magistratura. (Ver art. 22 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición de la Provincia de Neuquén)

4. Apertura de canales para recibir observaciones – hasta momento #11 (ciudadanos-> postulantes). 

Todo interesado podrá presentar observaciones sobre los postulantes hasta 5 días antes de la fecha prevista para iniciar las entrevistas personales (momento #11 en la línea de tiempo). Se dará aviso a los postulantes para que tomen conocimiento.

(Art. 23 del Reglamento)

5. Calificación antecedentes (4o pts – Consejeros).

El artículo 22 de la Ley Nº 2533 define las categorías que serán evaluadas y los puntajes máximos que se pueden asignar dentro de cada categoría.

Procedimiento de calificación:

Cada Consejero emitirá por escrito el puntaje general para cada uno de ellos, que será entregado al Secretario del Cuerpo para su lectura. Del promedio de los puntajes otorgados resultará la calificación que el Pleno le otorgará al postulante por sus antecedentes. Terminado el proceso, se resolverá por Acordada el orden de mérito de antecedentes. Tanto el puntaje asignado a cada postulante como los criterios en el que se fundase el mismo, serán publicados en el sitio oficial de internet del Consejo de la Magistratura. (Art. 24 del Reglamento)

6. Notificación de calificaciones,  impugnación y publicación.

La calificación obtenida en la etapa de evaluación de antecedentes será notificada a los postulantes por cédula, quienes tendrán un plazo de dos (2) días para impugnar.

El orden de mérito de antecedentes y la fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la etapa de evaluación técnica se publicarán en el sitio oficial de internet del Consejo de la Magistratura y en la cartelera ubicada en la sede del mismo. (Art. 25 del Reglamento)

7. Examen escrito (20 pts – anónimo – Jurado).

Examen escrito. Casos a resolver propuestos por un Jurado y aprobados por el Consejo de la Magistratura. Puntaje máximo a otorgar: 20 puntos. Tiempo máximo de duración: 6 horas.

(Arts. 26 a 29 del Reglamento)

 8. Examen oral (20 pts – Jurado).

Examen Oral: de carácter público ante un Jurado. Tema a elección del postulante. Máximo de 15 minutos de exposición y el Jurado tiene derecho a preguntar sobre otros puntos definidos en el temario aprobado por el Consejo de la Magistratura. Se otorga un máximo de 20 puntos. Tiempo máximo de duración: 90 minutos.

 (Arts. 26 a 29 del Reglamento)

9. Notificación de calificaciones a concursantes (decodificación de identidad+ etapa de impugnaciones (concursantes-> Consejo).

Entrega de informe y notas a los postulantes: lo realiza el Jurado conforme al art. 31. El informe se pondrá a disposición del Consejo de la Magistratura y deberá contener: a) Reseña de examen y contenido, b) Evaluación global de los exámenes, c) criterios de calificación, d) calificación del examen escrito de cada postulante, y e) calificación del examen oral.

Notificación a los postulantes: Se notifica la calificación de los exámenes y el orden de mérito según el promedio alcanzado. (Art. 32 del Reglamento)

Impugnación: Los postulantes tendrán un plazo de 2 días para impugnar y se dará vista al Jurado por 5 días. El Consejo resuelve. (Art. 32 del Reglamento)

10. Informe psicotécnico.

Para evaluar aptitud funcional.

11. Cierre de etapa de recepción de observaciones ciudadanas.

Cinco (5) días antes de la fecha prevista para iniciar las entrevistas personales se clausura el plazo para recibir observaciones por parte de la ciudadanía.

12. Entrevista personal (20 pts – Consejeros).

Son públicas y se realizan por orden de mérito. Su objeto es evaluar la motivación del postulante y la forma en que desarrollará la función. Las capacidades personales para ejercer la función, puntos de vista de su especialidad y sobre el funcionamiento del Poder Judicial.

Cada consejero al finalizar la entrevista emite un puntaje. Luego se realiza un promedio.  (Art. 36 del Reglamento)

 13. Confección del orden de mérito y Etapa de impugnaciones.

Serán notificados los postulantes en el domicilio constituido. Los postulantes cuentan con 5 días para impugnar su calificación. Al margen de ello, en un plazo no mayor de 5 días de resuelto el orden de mérito se publicará el orden en el sitio web del Consejo de la Magistratura y en las carteleras. (Art. 37 del Reglamento)

14. Consejo envía el pliego del concursante que finaliza primero a la Legislatura.

Vencido el plazo de las impugnaciones o resueltas las mismas (5 días), el Consejo de la Magistratura define qué concursante finalizó en el primer lugar y envía dicho pliego a la Legislatura para que ésta preste su acuerdo.

Normativa: Ver Reglamento de Concursos

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